Resolución Sub Gerencial N.° 010-01-2022-SGTV-MPT
17 de febrero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expedientes de Proceso 00018955 d/f 10-12-2021, presentado por DEMETRIO TUME FIESTAS.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN PARA LA PRESTACiÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO Y ESPECIAL EN VEHíCULOS, EN LA JURISDICCiÓN DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES, en vehículos de CATEGORíA M2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que el archivo adjunto se detalla.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC en su Artículo 64°.
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, teniendo como fecha de vencimiento a la fecha de notificado el acto administrativo, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 59 numeral 1, Ordenanza Municipal N° 11-06-2018MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia
QUINTO: COMUNICAR, a Don DEMETRIO TUME FIESTAS, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N" 0258-
2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expedientes de Proceso 00018955 d/f 10-12-2021, presentado por DEMETRIO TUME FIESTAS.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN PARA LA PRESTACiÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO Y ESPECIAL EN VEHíCULOS, EN LA JURISDICCiÓN DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES, en vehículos de CATEGORíA M2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que el archivo adjunto se detalla.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC en su Artículo 64°.
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización es por UN AÑO, teniendo como fecha de vencimiento a la fecha de notificado el acto administrativo, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el ítem 59 numeral 1, Ordenanza Municipal N° 11-06-2018MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia
QUINTO: COMUNICAR, a Don DEMETRIO TUME FIESTAS, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N" 0258-
2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo al Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA