Resolución Sub Gerencial N.° 181-10-2020-SGTV-MPT
15 de febrero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso: 00003998 d/f 04-03-2020, presentado por el Sr. HELMER JAVIER GARAY POZO, representante de la Asociación de Mototaxistas EN CRISTO TODO SE PUEDE.
SEGUNDA: OTORGAR, la AUTORIZACIÓN INCREMENTO DE FLOTA VEHICULAR al señor HELMER JAVIER GARAY POZO, representante de la Asociación de Mototaxistas EN CRISTO TODO SE PUEDE, con LA FLOTA TOTAL VEHICULAR ACTUALIZADA en TREINTA Y OCHO (38) unidades que a se detalla en el documento.
TERCERO: DISPONER, que la Asociación autorizada, no puede permitir el parqueo de otras unidades queno figuren en su permiso de operación, mientras no estén debidamente formalizadas y registradas en la Municipalidad Provincial de Talara.
CUARTO: Dado el incremento de estas DIECINUEVE UNIDADES, la flota vehicular estará conformada por un total de TREINTA Y OCHO UNIDADES VIGENCIA será de acuerdo a lo indicado en el punto CUATRO de la Resolución de Subgerencia N° 437-11-2017-SGTV-MPT de fecha 13 de noviembre de 2017, como lo establece la O.M. N° 03-01-2014-MPT Y REGLAMENTADO MEDIANTE EL D.S. N° 055-2010-MTC y su modificatoria D.S. N° 040-2011-MTC artículo 7° Disposiciones Generales.
QUINTO: COMUNICAR a Don HELMER JAVIER GARAY POZO, representante Asociación de Mototaxistas EN CRISTO TODO SE PUEDE, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01
SEXTO: ESTABLECER, Que, la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación, Suspensión y/o Revocación; cuando el Transportista contravenga lo dispuesto en la Normatividad Legal vigente, o cuando afecte el interés Público, previo informe de la Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad.
SEPTIMO: NOTIFICAR, al solicitante de acuerdo a Ley.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución, a la Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad, Oficina de Administración Tributaria y Unidad de Tecnologías, de la Municipalidad Provincial de Talara.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA........................................................................
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso: 00003998 d/f 04-03-2020, presentado por el Sr. HELMER JAVIER GARAY POZO, representante de la Asociación de Mototaxistas EN CRISTO TODO SE PUEDE.
SEGUNDA: OTORGAR, la AUTORIZACIÓN INCREMENTO DE FLOTA VEHICULAR al señor HELMER JAVIER GARAY POZO, representante de la Asociación de Mototaxistas EN CRISTO TODO SE PUEDE, con LA FLOTA TOTAL VEHICULAR ACTUALIZADA en TREINTA Y OCHO (38) unidades que a se detalla en el documento.
TERCERO: DISPONER, que la Asociación autorizada, no puede permitir el parqueo de otras unidades queno figuren en su permiso de operación, mientras no estén debidamente formalizadas y registradas en la Municipalidad Provincial de Talara.
CUARTO: Dado el incremento de estas DIECINUEVE UNIDADES, la flota vehicular estará conformada por un total de TREINTA Y OCHO UNIDADES VIGENCIA será de acuerdo a lo indicado en el punto CUATRO de la Resolución de Subgerencia N° 437-11-2017-SGTV-MPT de fecha 13 de noviembre de 2017, como lo establece la O.M. N° 03-01-2014-MPT Y REGLAMENTADO MEDIANTE EL D.S. N° 055-2010-MTC y su modificatoria D.S. N° 040-2011-MTC artículo 7° Disposiciones Generales.
QUINTO: COMUNICAR a Don HELMER JAVIER GARAY POZO, representante Asociación de Mototaxistas EN CRISTO TODO SE PUEDE, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01
SEXTO: ESTABLECER, Que, la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación, Suspensión y/o Revocación; cuando el Transportista contravenga lo dispuesto en la Normatividad Legal vigente, o cuando afecte el interés Público, previo informe de la Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad.
SEPTIMO: NOTIFICAR, al solicitante de acuerdo a Ley.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución, a la Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad, Oficina de Administración Tributaria y Unidad de Tecnologías, de la Municipalidad Provincial de Talara.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA........................................................................