Resolución Sub Gerencial N.° 355-11-2021-SGTV-MPT
1 de febrero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Nº 00016027 d/f 25-10-2021, presentado por el señor JORGE LUIS LUPUCHE SUNCION, identificado con DNI 03599559, domiciliado en el A.H. Alan García C - 16 - Talara Alta, Gerente General de la Empresa de Transporte y Turismo "EL TALAREÑO".
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO ESPECIAL BAJO LA MODALIDAD DE TAXI, en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, con LA FLOTA VEHICULAR QUE SE DETALLA EN EL DOCUMENTO.
TERCERO: DISPONER, a entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para la unidad móvil mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización para la Prestación del Servicio Especial bajo la modalidad de Taxi - Categoría M1, en la jurisdicción de Talara, tal como lo indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización es por un año contados a partir de Notificado el Acto Administrado correspondiente y el cumplimiento como lo Indica el artículo 4º numeral 4.21 de la O.M. Nº 23-11-2014-MPT de fecha 24-11-2014 y adecuándose bajo todo lo que cumpla con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos, y el citado RNAT en cuanto les sea aplicables (D.S. 017-2009-MTC, Art.23° inc. 23.2).
QUINTO: COMUNICAR a Don JORGE LUIS LUPUCHE SUNCIÓN, Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO EL TALAREÑO SAC, debe cumplir con lo Indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial Nº 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para
la prestación de Los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258- 2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, como condiciones de la presente autorización, a que está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando el Solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo os informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, debe cumplir responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio Especial de TransportePúblico de Personas en Taxi, que emanen de la Autoridad Municipal.
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular la Unidad de Placa: PJl-04, BL T-034, BMY-540, T7B-676, P3M - 076, BMK-392, BFB-663, BUG-596, por habérsele autorizado.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDÉCIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA---------------------------------------------------------------
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Nº 00016027 d/f 25-10-2021, presentado por el señor JORGE LUIS LUPUCHE SUNCION, identificado con DNI 03599559, domiciliado en el A.H. Alan García C - 16 - Talara Alta, Gerente General de la Empresa de Transporte y Turismo "EL TALAREÑO".
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO ESPECIAL BAJO LA MODALIDAD DE TAXI, en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, con LA FLOTA VEHICULAR QUE SE DETALLA EN EL DOCUMENTO.
TERCERO: DISPONER, a entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para la unidad móvil mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización para la Prestación del Servicio Especial bajo la modalidad de Taxi - Categoría M1, en la jurisdicción de Talara, tal como lo indica el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Artículo 64º.
CUARTO: DISPONER, que la VIGENCIA de la Presente Autorización es por un año contados a partir de Notificado el Acto Administrado correspondiente y el cumplimiento como lo Indica el artículo 4º numeral 4.21 de la O.M. Nº 23-11-2014-MPT de fecha 24-11-2014 y adecuándose bajo todo lo que cumpla con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos, y el citado RNAT en cuanto les sea aplicables (D.S. 017-2009-MTC, Art.23° inc. 23.2).
QUINTO: COMUNICAR a Don JORGE LUIS LUPUCHE SUNCIÓN, Gerente General de la EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO EL TALAREÑO SAC, debe cumplir con lo Indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial Nº 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para
la prestación de Los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258- 2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, como condiciones de la presente autorización, a que está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando el Solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo os informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, debe cumplir responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio Especial de TransportePúblico de Personas en Taxi, que emanen de la Autoridad Municipal.
OCTAVO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo circular la Unidad de Placa: PJl-04, BL T-034, BMY-540, T7B-676, P3M - 076, BMK-392, BFB-663, BUG-596, por habérsele autorizado.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDÉCIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA---------------------------------------------------------------