Resolución Sub Gerencial N.° 451-12-2021-SGTV-MPT
1 de febrero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expedientes de Proceso 00015384 d/f 14-10-2021, presentado por LISSETTE LETICIA PALACIOS RODRÍGUEZ, Gerente de la Empresa AZUL SERVICIOS GENERALES EIRL
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO Y ESPECIAL EN VEHÍCULOS, EN LA JURISDICCIÓN DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES, en vehículos de CATEGORÍA M2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que se detalla en el documento.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionads en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC en su Artículo 64°
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización hasta el 30-12-2022.
QUINTO: COMUNICAR, a Doña LISSETTE LETICIA PALACIOS RODRIGUEZ, Gerente de la Empresa AZUL SERVICIOS GENERALES EIRL, debe cumplir con lo indicdo en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolcuión Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo el Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SÉPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución de Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA.
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expedientes de Proceso 00015384 d/f 14-10-2021, presentado por LISSETTE LETICIA PALACIOS RODRÍGUEZ, Gerente de la Empresa AZUL SERVICIOS GENERALES EIRL
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO Y ESPECIAL EN VEHÍCULOS, EN LA JURISDICCIÓN DE TALARA - SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES, en vehículos de CATEGORÍA M2, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que se detalla en el documento.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación vehicular, para las unidades vehiculares mencionads en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización de Prestación de Servicio Especial de Transporte de Trabajadores, tal como lo indica el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC en su Artículo 64°
CUARTO: DISPONER, la VIGENCIA de la presente Autorización hasta el 30-12-2022.
QUINTO: COMUNICAR, a Doña LISSETTE LETICIA PALACIOS RODRIGUEZ, Gerente de la Empresa AZUL SERVICIOS GENERALES EIRL, debe cumplir con lo indicdo en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el articulo 1 de la resolcuión Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación del D.S N° 017-2009-MTC a través de la O.M. N° 19-10-2014-MPT modalidad M2, que regulara el transporte público de personas en el ámbito Urbano Interurbano en toda la Provincia de Talara, donde se está incluyendo el Transporte de Trabajadores y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa municipal jurisdiccional como nacional.
SÉPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución de Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA.