Resolución Sub Gerencial N.° 425-12-2021-SGTV-MPT
25 de enero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00015001 de fecha 06.10.2021, presentado por el señor JOSÉ MANUEL LOAYZA CABANILLAS, Representante de la Empresa CORPORACiÓN DE SERVICIOS Y DESARROLLO AMBIENTAL LOAYZA - CALDAS SAC - COSEDA LC SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, al señor JOSE MANUEL LOAYZA CABANILLAS, Representante de la Empresa CORPORACiÓN DE SERVICIOS y DESARROLLO AMBIENTAL LOAYZA CALDAS SAC - COSEDA LC SAC a dos(02) vehículos.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
CUARTO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es hasta el 21-12-2022, debiendo identificar a cada unidad con el logo del servicio que presta - AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS.
QUINTO: COMUNICAR a Don JOSÉ MANUEL LOAYZA CABANILLAS, Representante de la Empresa CORPORACION DE SERVICIOS y DESARROLLO AMBIENTAL LOAYZA - CALDAS SAC - COSEDA LC SAC, que la Empresa que representa, debe cumplir con lo indicado en el Anexo IV, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 02582020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00015001 de fecha 06.10.2021, presentado por el señor JOSÉ MANUEL LOAYZA CABANILLAS, Representante de la Empresa CORPORACiÓN DE SERVICIOS Y DESARROLLO AMBIENTAL LOAYZA - CALDAS SAC - COSEDA LC SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, al señor JOSE MANUEL LOAYZA CABANILLAS, Representante de la Empresa CORPORACiÓN DE SERVICIOS y DESARROLLO AMBIENTAL LOAYZA CALDAS SAC - COSEDA LC SAC a dos(02) vehículos.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
CUARTO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es hasta el 21-12-2022, debiendo identificar a cada unidad con el logo del servicio que presta - AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS.
QUINTO: COMUNICAR a Don JOSÉ MANUEL LOAYZA CABANILLAS, Representante de la Empresa CORPORACION DE SERVICIOS y DESARROLLO AMBIENTAL LOAYZA - CALDAS SAC - COSEDA LC SAC, que la Empresa que representa, debe cumplir con lo indicado en el Anexo IV, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 02582020-MTC/01.
SEXTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
SEPTIMO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
OCTAVO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA