Resolución Sub Gerencial N.° 374-11-2021-SGTV-MPT
6 de enero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00018011 d/f
24.11.2021, presentado por MARIA LUISA HERNANDEZ FERNANDEZ, Gerente General de la Empresa SAN FELIPE TRANSPORTES Y SERVICIOS MULTIPLES EIRL.
SEGUNDO: INSCRIBIR, a la Empresa SAN FELIPE TRANSPORTES Y SERVICIOS MÚLTIPLES EIRL,
domiciliado en Urb. San Margarita II Etapa VIII - Mz. EH Lt. 9 - Piura, quien solicita la Inscripción
en los Padrones de la Municipalidad Provincial de Talara, debiendo tramitar los permisos correspondientes.
TERCERO: DISPONER, que la presente inscripción no considera ningún tipo de Autorización automática para realizar servicio de transporte en la Jurisdicción de Talara.
CUARTO: ESTABLECER, como condiciones a la presente inscripción que está sujeta al cumplimiento de los objetivos por la cual es requerida no trasgrediendo norma Municipal alguna y que conlleven a su Anulación y/o Cancelación; previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la
Municipalidad Provincial de Talara.
QUINTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnologías, publicar la presente Resolución en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Talara.
SEXTO: DISPONER, el cumplimiento de la presente Resolución, a la Oficina Administración Tributaria y Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad.
SÉPTIMO: NOTIFIQUESE, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00018011 d/f
24.11.2021, presentado por MARIA LUISA HERNANDEZ FERNANDEZ, Gerente General de la Empresa SAN FELIPE TRANSPORTES Y SERVICIOS MULTIPLES EIRL.
SEGUNDO: INSCRIBIR, a la Empresa SAN FELIPE TRANSPORTES Y SERVICIOS MÚLTIPLES EIRL,
domiciliado en Urb. San Margarita II Etapa VIII - Mz. EH Lt. 9 - Piura, quien solicita la Inscripción
en los Padrones de la Municipalidad Provincial de Talara, debiendo tramitar los permisos correspondientes.
TERCERO: DISPONER, que la presente inscripción no considera ningún tipo de Autorización automática para realizar servicio de transporte en la Jurisdicción de Talara.
CUARTO: ESTABLECER, como condiciones a la presente inscripción que está sujeta al cumplimiento de los objetivos por la cual es requerida no trasgrediendo norma Municipal alguna y que conlleven a su Anulación y/o Cancelación; previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la
Municipalidad Provincial de Talara.
QUINTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnologías, publicar la presente Resolución en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Talara.
SEXTO: DISPONER, el cumplimiento de la presente Resolución, a la Oficina Administración Tributaria y Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad.
SÉPTIMO: NOTIFIQUESE, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA