Resolución Sub Gerencial N.° 034512-2020-SGTV-MPT-2020

6 de enero de 2022

SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 034512 d/f 18-08-2020, aplicada al Infractor Sr. NARRO CHINGUEL-MARCO ANTONIO, de conformidad a la normativa legal vigente.

SEGUNDO: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito N° 034512 d/f 18-08-2020 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a NARRO CHINGUEL­ MARCO ANTONIO Y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 18-08-2020 al 18-08-2023.

TERCERO: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. NARRO CHINGUEL-MARCO ANTONIO, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores.

CUARTO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT N° 034512.

QUINTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 034512 d/f 18-08-2020, en el Registro Nacional de Sanciones.

SEXTO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.

SETIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

OCTAVO: NOTIFICAR, al administrado infractor NARRO CHINGUEL-MARCO ANTONIO, con las formalidades de Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
Vista preliminar de documento RT_34512.pdf

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