Resolución Sub Gerencial N.° 407-12-2021-SGTV-MPT
4 de enero de 2022
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expedientes de Proceso 00010727 d/f 03 08.2021, presentado por el Sr. MARCO ANTONIO CHERO GARCE, identificado con D.N.I N° 03885570 representante de la EMPRESA NEGOCIOS Y REPRESENTACIONES CHERO EIRL.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANS ;'ORTE DE AGREGADOS, a 03 vehículos, cuyas placas se detallan en el documento adjunto.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
CUARTO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es hasta el 13-12-2022, debiendo identificar a cada unidad con el logo del servicio que presta - AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS.
QUINTO: DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACiÓN DE L SERVICIO, será en CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto seis de los considerandos del presente informe y dispuesto O. M. N° 16-7-2018-MPT en sus artículos SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
SEXTO: COMUNICAR, a Don MARCO ANTONIO CHERO GARCES, representante de la EMPRESA NEGOCIOS Y REPRESENTACIONES CHERO EIRL, debe cumplir con o indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será
fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad
Provincial de Talara
NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional deI Perú.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expedientes de Proceso 00010727 d/f 03 08.2021, presentado por el Sr. MARCO ANTONIO CHERO GARCE, identificado con D.N.I N° 03885570 representante de la EMPRESA NEGOCIOS Y REPRESENTACIONES CHERO EIRL.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANS ;'ORTE DE AGREGADOS, a 03 vehículos, cuyas placas se detallan en el documento adjunto.
TERCERO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
CUARTO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es hasta el 13-12-2022, debiendo identificar a cada unidad con el logo del servicio que presta - AUTORIZACION ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS.
QUINTO: DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACiÓN DE L SERVICIO, será en CUMPLIMIENTO lo indicado en el punto seis de los considerandos del presente informe y dispuesto O. M. N° 16-7-2018-MPT en sus artículos SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
SEXTO: COMUNICAR, a Don MARCO ANTONIO CHERO GARCES, representante de la EMPRESA NEGOCIOS Y REPRESENTACIONES CHERO EIRL, debe cumplir con o indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será
fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad
Provincial de Talara
NOVENO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional deI Perú.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA