Ordenanza Municipal N.° 15-12-2021-CPT
30 de diciembre de 2021
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
PRIMERO.- FACULTAR al señor Alcalde para que atreves del Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para adecuada aplicación y prorroga de la presente Ordenanza.
SEGUNDO. - La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de 01 de enero de 2022.
TERCERO- ENCARGAR a la Oficina de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Talara el cumplimiento de la presente Ordenanza
CUARTA: ENCARGAR a la Jefatura de la Oficina de Administración Tributaria a la Jefatura de la Oficina de Administración y Finanzas, Gerencia de Servicios Públicos y demás órganos competentes, establecer los mecanismos adecuados para la difusión, correcta aplicación y el fiel cumplimiento de la presente ordenanza
QUINTA. - DISPONER a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza conforme al articulo 44° de la ley 27972, y a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones-UTIC la publicación en el portal Institucional.
REGíSTRESE, NOTIFIQUESE, PUBLíQUESE y CÚMPLASE.
PRIMERO.- FACULTAR al señor Alcalde para que atreves del Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para adecuada aplicación y prorroga de la presente Ordenanza.
SEGUNDO. - La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de 01 de enero de 2022.
TERCERO- ENCARGAR a la Oficina de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Talara el cumplimiento de la presente Ordenanza
CUARTA: ENCARGAR a la Jefatura de la Oficina de Administración Tributaria a la Jefatura de la Oficina de Administración y Finanzas, Gerencia de Servicios Públicos y demás órganos competentes, establecer los mecanismos adecuados para la difusión, correcta aplicación y el fiel cumplimiento de la presente ordenanza
QUINTA. - DISPONER a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza conforme al articulo 44° de la ley 27972, y a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones-UTIC la publicación en el portal Institucional.
REGíSTRESE, NOTIFIQUESE, PUBLíQUESE y CÚMPLASE.