Resolución Sub Gerencial N.° 307-11-2021-SGTV-MPT
7 de diciembre de 2021
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en Expediente de Proceso 00011984 d/f 24-08-2021,
presentado por el señor ROLANDO REYNAGA HUAMAN, representante legal de la Empresa
TRABAJOS MÚLTIPLES EIRL.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN DE PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE
MERCANCIAS, en la Modalidad de Carga y Descarga, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
TERCERO: DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACION DEL SERVICIO, SERA DESDE 6.00 a.m
hasta las 9.00 p.m.), deberá dar fiel CUMPLIMIENTO lo indícado en el punto seis de los
considerandos del presente ínforme y dispuesto O. M. Nº 16-7-2018-MPT en sus artículos
SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION SEL SERVICIO DE TRANSPORTE
DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las Unidades
Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la
AUTORIZACIÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS (CARGA Y
DESCARGA) en áreas especiales,
QUINTO: DISPONER, que la vígencia de la presente Autorización es hasta el 09-11-2022, debiendo
identificar la unidad con el logo del servicio que presta, y su otorgamiento está condicionado a lo
establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal Nº 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA
actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S.
Nº 017-2009-MTC que regula el TRANSPORTE CARGA Y DESCARGA (mercancías) y deberá
darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional
como nacional.
SEXTO: COMUNICAR, a Don ROLANDO REYNAGA HUAMAN, representante legal de la Empresa
TRABAJOS MÚLTIPLES EIRL, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución
Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos
Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y
Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios,
aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplírá responsablemente con el Servicio
solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de
Mercancías, que emanen de la Autorídad Municipal, debiendo evitar en todo momento el
congestionamiento vehicular, lo cual será fiscalizado por los Inspectores Municipales de
Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación;
o Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa
legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad
Províncial de Talara.
NOVENO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a
lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo
circular las Unidades que se consignan en el Segundo Punto, por habérsele autorizado.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la
presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
presentado por el señor ROLANDO REYNAGA HUAMAN, representante legal de la Empresa
TRABAJOS MÚLTIPLES EIRL.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN DE PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE
MERCANCIAS, en la Modalidad de Carga y Descarga, de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
TERCERO: DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACION DEL SERVICIO, SERA DESDE 6.00 a.m
hasta las 9.00 p.m.), deberá dar fiel CUMPLIMIENTO lo indícado en el punto seis de los
considerandos del presente ínforme y dispuesto O. M. Nº 16-7-2018-MPT en sus artículos
SEGUNDO Y TERCERO que REGULA LA PRESTACION SEL SERVICIO DE TRANSPORTE
DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LA PROVINCIA DE TALARA.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las Unidades
Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la
AUTORIZACIÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS (CARGA Y
DESCARGA) en áreas especiales,
QUINTO: DISPONER, que la vígencia de la presente Autorización es hasta el 09-11-2022, debiendo
identificar la unidad con el logo del servicio que presta, y su otorgamiento está condicionado a lo
establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal Nº 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA
actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S.
Nº 017-2009-MTC que regula el TRANSPORTE CARGA Y DESCARGA (mercancías) y deberá
darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional
como nacional.
SEXTO: COMUNICAR, a Don ROLANDO REYNAGA HUAMAN, representante legal de la Empresa
TRABAJOS MÚLTIPLES EIRL, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución
Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos
Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y
Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios,
aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplírá responsablemente con el Servicio
solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de
Mercancías, que emanen de la Autorídad Municipal, debiendo evitar en todo momento el
congestionamiento vehicular, lo cual será fiscalizado por los Inspectores Municipales de
Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación;
o Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa
legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad
Províncial de Talara.
NOVENO: NOTIFICAR, a la Policía Nacional y a los Inspectores de Transito, para que den cumplimiento a
lo establecido por la Subgerencia de Tránsito y Municipalidad Provincial de Talara, debiendo
circular las Unidades que se consignan en el Segundo Punto, por habérsele autorizado.
DECIMO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la
presente resolución en el Portal Web.
UNDECIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.