Resolución Sub Gerencial N.° 270-10-2021-SGTV-MPT

6 de diciembre de 2021

SE RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de N00013457 d/f 13-09-2021, presentado por la señora ELlZABETH SULLON SALDARRIAGA, Gerente General de la Empresa de Transportes "POR SIEMPRE MI CAUTIVO EIRL SERVICIOS GENERALES".

SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN PERMISO DE OPERACiÓN COMO TRANSPORTE TURÍSTICO a la Empresa de Transportes "POR SIEMPRE MI CAUTIVO EIRL SERVICIOS GENERALES", de la Categoría M2 de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla

TERCERO.- DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para la Unidad móvil mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la Autorización para la Prestación del Servicio COMO TRANSPORTE TURÍSTICO - Categoría M2, en la jurisdicción de Talara, tal como lo indica el Decreto Supremo W 017-2009-MTC en su Artículo 64°.

CUARTO: DISPONER, que, la vigencia de la presente Autorización es hasta el 18-10-2022, debiendo identificar la unidad con el logo del servicio que presta y a la implementación del D.S. N° 0172009-MTC a través de la Ordenanza Municipal N° 19-10-2014-MPT, donde se está incluyendo al TRANSPORTE TURÍSTICO y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que se determinen.

QUINTO: COMUNICAR, a Doña ELlZABETH SULLON SALDARRIAGA, Gerente General de la Empresa de Transportes "POR SIEMPRE MI CAUTIVO EIRL SERVICIOS GENERALES", debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020 MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01.

SEXTO: ESTABLECER, como condiciones de la presente autorización, a que está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando el Solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.

SÉPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, debe cumplir responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio Especial de Transporte Público de Personas en Taxi, que emanen de la Autoridad Municipal.

OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

NOVENO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.

DÉCIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
Vista preliminar de documento RT_270.pdf

RT_270.pdf

PDF
1.5 MB