Resolución Sub Gerencial N.° 1377-11-2018-MPT
15 de noviembre de 2018
SE RESUELVE: PRIMERO:DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00017395 d/f 19-10-18 SEGUNDO: DECLARAR FUNDADO el descargo presentado por JOSE ADALBERTO CAMPAÑA CRUZ TERCERO: DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Papeleta de Infracción 006675, por haber sido impuesta en forma contraria a lo establecido en el Articulo 326° del T.U.0. del Reglamente Nacional de Transito - Código de Transito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 06-2009-MTC, modificado por el D.S. 003-2014-MTC y del numeral 4.3) del articulo 4° del procedimiento de detención de infracciones al Tránsito Terrestre por parte del efectivo policial competente en el ámbito urbano, aprobado por el Decreto Supremo 028-2009-MTC. CUARTO: DISPONER, el levantamiento de la respectiva medida preventiva, en aplicación al Tercer párrafo del Articulo 301° - Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de: Transito - Código de Transito, aprobado por Decreto Supremo O 16-2009-MTC, modificado por el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 025-2014-MTC, devolviéndose el vehículo a su propietario sin costo alguno de internamiento. QUINTO: OFICIAR, a la Policía Nacional, para que de acuerdo a sus atribuciones, cumpla