Resolución Sub Gerencial N.° 0109-01-2019-MPT
31 de enero de 2019
SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00021159 d/f 26-12-18 y 00021108 d/f 26-12-18, presentado por el Sr. ERICSON JOHAN CORDOVA ESPINOZA, y en atención a lo indicado en el Área Técnica según Informe 031-01-2019-TSGTyMPT d/f 25-01-19. SEGUNDO: DECLARAR FUNDADO, el descargo presentado por ERICSON JOHAN CORDOVA ESPINOZA TERCERO: DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Papeleta de Infracción al Transito PIT 006899 d/f 18-12-18, impuesta al Sr. CORDOVA ESPINOZA EDINSON JOHAN, Infraccion M03, por haber sido impuesta en forma contraria a lo establecido en el Articulo 326° del T.U.O. del Reglamento Nacional de Transito - Código de Transito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 06-2009-MTC, modificado por el D.S. 003-2014-MTC y del Numeral 4.3), del Articulo 4° del procedimiento de detención de infracciones al Tránsito Terrestre por parte del efectivo policial competente en el ámbito urbano, aprobado por el Decreto Supremo 028-2009-MTC. CUARTO: DISPONER, el levantamiento de la respectiva medida preventiva, en aplicación al Tercer párrafo del Artículo 301° -Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito - Código de Transito, aprobado por