Resolución Sub Gerencial N.° 1145-04-2019-MPT
21 de mayo de 2019
SE RESUELVE: PRIMERO: IMPROCEDENTE la nulidad- entendida como descargo - presentado por el señor Héctor Steward Rumiche Castillo contra la PIT 006235 d/f. 29.11.2018, por encontrarse fuera de plazo legal, en consecuencia téngase por no presentado el descargo del recurrente, de conformidad con el art. 336 numeral 2.1 del literal 2) del artículo 336º del TUO del Reglamento Nacional de Transito - Código de Tránsito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, modificado por el D.S. Nº 003-2014-MTC. SEGUNDO: De conformidad con el art. 336 del Decreto Supremo 016-2009-MTC numeral 3 se disponga el pago según lo indicado en la papeletas de infracción al tránsito - PIT N° 6235, por haber cometido la infracción tipificada con el código G-58 del Reglamento Nacional de Tránsito, que como sanción pecuniaria equivale al 8% de una UIT. TERCERO: Retener el vehículo de placa de rodaje Nº M2V481, conforme a lo tipificado en código G-58 del Reglamento Nacional de Tránsito, en depósito autorizado por este provincial como medida preventiva. CUARTO: Vencido el plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno contra la presente resolución, ésta quedará firme y consentida, lue