Resolución Sub Gerencial N.° 2948-05-2019-MPT

27 de junio de 2019

SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR infundado el escrito de nulidad contra la PIT Nº 8162 conforme lo expuesto ut supra en la parte pertinente, en consecuencia DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento al Sr. JAMES EDUARDO por la infracción M.2 tipificada en el TUO del RNT, materializado en la PIT Nº 8162 equivalente al 50% de la UIT vigente, suspensión de la licencia de conducir por tres (03) años, internamiento del vehiculo y retención de la licencia con responsabilid solidaria del propietario vehicular. Respecto de la suspensión de la licencia de conducir esta rige desde el 17-05·2019 hasta 17·05-2022. SEGUNDO: Vencido el plazo de 15 dias hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, esta resolución quedará firme y consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de infracción y se proceda a ingresar la presente al Registro Nacional de Sanciones. TERCERO: · NOTIFICAR la presente Resolución con las formalidades de ley al sancionado infractor. REGISTRES COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA

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