Resolución Sub Gerencial N.° 3721-08-2019-MPT

21 de agosto de 2019

SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR fundado el recurso de reconsideración contra la Resolución de Subgerencia Nº 3445-06- 2019-SGTV-MPT conforme lo fundamentado ut supra, en consecuencia DEJESE SIN EFECTO la PIT Nº 8498 impuesta al Sr. EDGAR HUMBERTO ZAPATA SANDOVAL por la presunta infracción M.3 tipificada en el TUO del RNT, que sancionaba con el equivalente al 50% de la UIT vigente, inhabilitación para obtener una licencia por tres (03) años, internamiento del vehículo con responsabilidad solidaria del propietario. SEGUNDO: ABSUÉLVASE de la sanción impuesta al recurrente en la precitada resolución recurrida, y de conformidad con el art. 301 del D.S Nº 016-2009-MTC y sus modificatorias TUO del Reglamento Nacional de Tránsito- Código de Tránsito procédase inmediatamente al levantamiento de la respectiva medida preventiva de retención del vehículo de placa de rodaje MCQ24394, devolviéndose el vehículo sin costo alguno de internamiento y remolque. TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución con las formalidades de ley al administrado. REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA

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