Resolución Sub Gerencial N.° 3834-08-2019-MPT

27 de agosto de 2019

SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR infundado el descargo contra la PIT Nº 7911 conforme los fundamentos expuestos ut supra, en consecuencia DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento al sancionado infractor EDWIN REVOLLEDO CASTILLO por la infracción M.2 tipificada en el TUO del RNT, materializado en la PIT N° 7911 equivalente al 50% de la UIT vigente, suspensión de licencia de conducir por tres (03) años con responsabilidad solidaria del propietario. La suspensión de licencia de conducir rige desde el 24-04-2019 hasta el 24-04-2022. SEGUNDO: Vencido el plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, esta resolución quedará firme y consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción y se proceda a ingresar la presente al Registro Nacional de Sanciones. TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución con las formalidades de ley al sancionado infractor. REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA

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