Resolución Sub Gerencial N.° 3661-07-2019-MPT

3 de setiembre de 2019

SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR infundado la nulidad de la PIT N° 4552 conforme lo argumentado ut supra, en consecuencia DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento al Sr. ALEJANDRO OSWALDO DIESTRA MARTINEZ por la infracción M.3 tipificada en el TUO del RNT, materializado en la PIT N° 4552 equivalente al 50% de la UIT vigente, inhabilitación para obtener licencia de conducir por tres (3) años, internamiento del vehículo con responsabilidad del propietario, respecto de la inhabilitación de licencia de conducir por tres (03) años empieza a regir desde el 11-01-2018 a 11-01-2021. SEGUNDO: Vencido el plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, esta resolución quedará firme y consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción y se proceda a ingresar la presente al Registro Nacional de Sanciones. TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución con las formalidades de ley al sancionado infractor. REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA

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