Resolución Sub Gerencial N.° 2556-05-2019-MPT
18 de noviembre de 2019
RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR infundado el descargo formulado conforme lo argumentado ut supra en la parte cons derativa pertinente,en consecuencia DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento al Sr. EDILBERTO SOCOLA HERRERA por la infracción M.3 tipificada en el TUO del RNT, materializado en la PIT Nº 7858 equivalente al 50% de la UIT vigente, inhabilitación para obtener una licencia por tres (03) años e internamiento del vehículo con responsabilidad solidaria del propietario vehicular. Respecto de la inhabilitación para obtener una licencia, esta rige desde el 05-04-2019 hasta el 05-04-2022. SEGUNDO: Vencido el plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, esta resolución quedará firme y consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción y se proceda a ingresar la presente al Registro Nacional de Sanciones. TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución con las formalidades de ley al sancionado infractor.