Resolución Sub Gerencial N.° 6855-2018-10-2019-MPT

14 de agosto de 2020

PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 006855 d/f26-11-2018, aplicada al Infractor Sr. ZEVALLOS ROJAS-IVAN., de conformidad a la normativa.legal vigente. SEGUNDO: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 006855 d/f 26-11-2018 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a ZEVALLOS ROJASIVAN y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 26-11-2018 al 26- 11-2021. TERCERO: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. ZEVALLOS ROJAS-IVAN, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuefa de Conductores. CUARTO: VENCIDO effplazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de

Vista preliminar de documento Resolución Sub Gerencial N° 6855-2018-10-2019-MPT

Resolución Sub Gerencial N° 6855-2018-10-2019-MPT

PDF
2 MB