Resolución Sub Gerencial N.° 9980-03-2020-MPT
24 de agosto de 2020
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 009980 de fecha 11-02-2020 aplicada al Infractor Sr. CODARLUPO SILVA-ALBERTO ANDRE, identificado con DNI DNI 75007365 de conformidad a la normativa legal vigente. SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor CODARLUPO SILVA-ALBERTO ANDRE con el pago del 50% de una UIT, como sanción pecuniaria por la comisión de la infracción de CÓDIGO M.05 Del Reglamento Nacional De Tránsito. TERCERO: SUSPENDER al Administrado Infractor la LICENCIA DE CONDUCIR por un (1) año, computados desde el 11-02-2020 hasta el 11-02-2021. CUARTO: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir de CODARLUPO SILVA-ALBERTO ANDRE, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller Cambiemos de actitud, la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores. QUINTO: SANCIONAR al conductor infractor con el registro de 70 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SEXTO: RETENER el vehículo de Placa de Rodaje Nº P2L411, conforme a lo tipificado en el CÓDIGO M.05 DEL RE