Resolución Sub Gerencial N.° 107-08-2020-MPT

25 de agosto de 2020

SE RESUELVE.- Artículo Primero.- Calificar el escrito impugnatorio Expediente de Proceso 00003537, presentado por el administrado Segundo Isidro Álvarez Campoverde, la Resolución de Subgerencia Nº 0007186- 2019-SGTV-MPT, como Recurso de Reconsideración , conforme lo establece el 3) del artículo 86ª, 223ª y 219ª del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General D.S. Nª 004-2019-JUS Artículo Segundo.- Otorgar al administrado Segundo Isidro Álvarez Campoverde, un plazo que no debe exceder de dos (02) días, para que cumpla con presentar el Recurso de Reconsideración señalando la expresión concreta de lo pedido, los fundamentos de hecho que lo apoye y, cuando le sea posible, los de derecho, así como la Nueva Prueba conforme lo exige el numeral 2) del Artículo 124º y el artículo 219ª del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General Artículo Tercero.- Transcurrido el plazo otorgado se esta declarando INADMISBLE el Recurso de Reconsideración REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA------------------------------------

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