Resolución Sub Gerencial N.° 3008-06-2019-MPT
25 de agosto de 2020
PRIMERO: SANCIONAR al administrado infractor CHIROQUE ADANAQUE CARLOS ALBERTO, con DNI: 03891307; por la infracción de código L.01, con la multa de 4% de una UIT y a la cancelación en su totalidad, como sanción pecuniaria. SEGUNDO: SANCIONAR al CONDUCTOR INFRACTOR, con el registro de 05 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. TERCERO: PRECISAR Si en el plazo de 15 días notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT N° 006889. CUARTO: NOTIFICAR al administrado infractor CHIROQUE ADANAQUE CARLOS ALBERTO, con las formalidad es de Ley. REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA