Resolución Sub Gerencial N.° 1841-05-2019-MPT
27 de agosto de 2020
TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 019785 d/f 29-01-15, aplicada al Infractor ROMERO AGURTO VICTOR HERNAN, de conformidad a la normatividad legal vigente , DISPONER, la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.3 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito N° 019785 d/f 29-01-15 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a ROMERO AGURTO VICTOR HERNAN SANCIONAR, al Sr. ROMERO AGURTO VICTOR HERNAN, con la inhabilitación de la Licencia de Conducir por tres (3 años), a partir de 29-01-15 al 29-01-18, en merito a la aplicación de la Papeleta de Infracción al Tránsito 019785 d/f 29-01-15. DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de mantener actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS) ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 019785 d/f 29-01-15, en el Sistema Nacional de Sanciones. DISPONER, que una vez cumplido el periodo de suspensión o inhabilitación de la licencia de conducir del Sr. ROMERO AGURTO VICTOR HERNAN, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalizació