Resolución Sub Gerencial N.° 33333-03-2019-MPT
27 de agosto de 2020
SE RESUELVE: PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 033333 d/f 25-12-2019, aplicada al Infractor Sr. RAMIREZ JACINTO-CARLOS QUlNTO, de conformidad a la normativa legal vigente. SEGUNDO: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 033333 d/f 25-12-2019 equivalente al 50 % de la U.l.T vigente; a RAMIREZ JACINTO- CARLOS QUINTO y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 25- 12-2019 al 25-12-2022. TERCERO: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. RAMIREZ JACINTO-CARLOS QUINTO, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores. CUARTO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina