Resolución Sub Gerencial N.° 2877-2017-10-2019-MPT
3 de setiembre de 2020
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 002877 d/f 30-05-2017, aplicada al Infractor Sr. RUMICHE CHUNGA-,JULIO CESAR, de conformidad a la normativa legal vigente. SEGUNDO: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 002877 d/f 30-05-2017 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a RUMICHE CHUNGAJULIO CESAR y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 30-05- 2017 al 30-05-2020. TERCERO: DISPONER.·quc una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. RUMICHE CHUNGA-JULIO CESAR, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por ~ina Escuela de Conductores. CUARTO: VENCIDO c;l plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se deri.ve con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tribu