Resolución Sub Gerencial N.° 006321-11-2019-MPT

10 de setiembre de 2020

SE RESUELVE: PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 006321 d/f 10-02-2019 , aplicada al Infractor Sr. VASQUEZ RUMICHE-WILLIAM ADOLFO, y de conformidad a la normativa legal vigente. SEGUNDO: DISPONER, a la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Transito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito N° 006321 d/f 10-02-2019 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a VASQUEZ RUMICHE- WILLIAM ADOLFO y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 10-02-2019 al 10-02-2022. TERCERO:DISPONER, que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. VASQUEZ0 RUMICHE-WILLIAM ADOLFO, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores. CUARTO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes

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