Resolución Sub Gerencial N.° 20800-09-2019-MPT

16 de setiembre de 2020

PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 020800 d/f 26-05-2015, aplicada al Infractor Sr. V ALDIVIEZO OLIVOS-MARCO ANTONIO, ·de conformidad a la normativa legal vigente. , 1 1 SEGUNDO: DISPONERia cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.3 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 020800 d/f 26-05-2015 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a V ALDIVIEZO OLIVOSMARCO ANTONIO y la Inhabilitación de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 26-05-2015 al 26-05-2018, en aplicación de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 020800 d/f 26-05-2015. TERCERO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 020800. CUARTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), median

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