Resolución Sub Gerencial N.° 22017-2015-09-2019-MPT

21 de setiembre de 2020

PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 022017 d/f . 23-06-2015, aplicada al Infractor Sr. RAMIREZ ESTRADA-SARITA NORMANDI, de conformidad a la normativa legal vigente. SEGUNDO: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.3 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito Nº 022017 d/f 23-06-2015 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a RAMIREZ ESTRADASARITA NORMANDI y la Inhabilitación de la Licencia de Conducir por (3 años), a partir de 23-06-2015 al 23-06-2018, en aplicación de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 022017 d/f 23-06-2015. · TERCERO: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 02201 7. CUARTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante

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