Resolución Sub Gerencial N.° 125-09-2020-MPT
23 de setiembre de 2020
SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la anulación- entendida como descargo - presentado por CALDERON CHINGA LUIS ALBERTO contra la PIT 033951 d/f. 12.05.2020, por encontrarse fuera de plazo legal, en consecuencia téngase por no presentado el descargo del recurrente, de conformidad con el art. 336 numeral 2.1 del literal 2) del artículo 336º del TUO del Reglamento Nacional de Transito - Código de Tránsito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, modificado por el D.S. Nº 003-2014-MTC. SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor CALDERON CHINGA LUIS ALBERTO, identificado con DNI: 42634999, con el pago del 8% de una UIT, como sanción pecuniaria por la comisión de la infracción tipificada con el CÓDIGO G.58 DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO. TERCERO: SANCIONAR al conductor infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. CUARTO: VENCIDO, el plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, la presente Resolución quedará firme y consentida, derivando Secretaria de Tránsito y Vialidad a la Oficina de Administración Tributaria el expediente original y antecedentes