Resolución Sub Gerencial N.° 029903-2016-09-2019-MPT

25 de setiembre de 2020

Se Resuelve: Primero: TENER POR NO PRESENTADO el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº A2016029903 d/f 30-09-2016, aplicada al Infractor Sr. ESPINOZA ROSILLO-GHERSON GRIMALDO; de conformidad a la normativa legal vigente. Segundo: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.3 del Reglamento Nacional de transito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito N A2016029903 d/f 30-09-2016 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente; a ESPINOZA ROSILLO-GHERSON GRIMALDO y la Inhabilitación de la Licencia de Conducir por (3años), a partir de 30-09-2016 al 30-09-2019, en aplicación de la Papeleta de Infracción al Tránsito N° A2016029903 d/f 30-09-2016. Tercero: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº A2016029903. Cuarto: DISPONER que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Naci

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