Resolución Sub Gerencial N.° 009336-2019-02-2019-MPT

28 de setiembre de 2020

Se Resuelve: Primero: TENER POR NO PRESENTADO, el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 009336 d/f 11-12-2019, aplicada al Infractor Sr. GUERRERO CARBONEL-GIANFRANCO, de conformidad a la normativa legal vigente. Segundo: DISPONER la cancelación en su totalidad sin descuento por la infracción M.2 del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Transito), materializado en la Papeleta de Infracción al Transito N° 009336 d/f 11-12-2019 equivalente al 50 % de la U.I.T vigente, a GUERRERO CARBONEL-GIANFRANCO y la Suspensión de la Licencia de Conducir por (3 años), a paiiir de 11-12-2019 al 11-12-2022. Tercero: DISPONER que una vez cumplido el periodo de suspensión de la licencia de conducir del Sr. GUERRERO CARBONEL-GIANFRANCO, para el levantamiento de la sanción deberá presentar copia de la Constancia de finalización del Taller "Cambiemos de actitud", la misma que debe ser expedida por una Escuela de Conductores. Cuarto: VENCIDO el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Admi

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