Resolución Sub Gerencial N.° 008795-2020-10-2020-MPT
6 de enero de 2021
SE RESUELVE: PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 008795 aplicada al Infractor Sr. DU7PLICIDADCANALES DUPLICIDADFLORESDUPLICIDADCARLOS OSWALDO, identificado con DNI 43756418 de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor DU7PLICIDADCANALES DUPLICIDADFLORESDUPLICIDADCARLOS OSWALDO por la infracción de Código G.58, con la multa de 8.00% de una UIT vigente. TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. CUARTO: RETENER el vehículo de Placa de Rodaje Nº OP2753, conforme a lo tipificado en el Código G.58 del Reglamento Nacional de tránsito. QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 008795. SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito