Ordenanza Municipal N.° 0010-03-2014-MPT
31 de marzo de 2017
ESTABLECER como monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial, el equivalente al 0.6% de la UIT (3,800.00), vigente al 01 de enero del 2014, de conformidad al segundo párrafo del Artículo 136° del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto supremo NI 156-2004-EF.