Ordenanza Municipal N.° 0005-02-2014-MPT

31 de marzo de 2017

Otórguese un plazo de sesenta (60) para que la Subgerencia de Abastecimiento comercialización y Defensa del Consumidor, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Subgerencia de Fiscalización, en coordinación con la Comisión de Regidores, Abastecimiento, Mercados y Defensa del Consumidor lleven a cabo la respectiva sensibilización a los propietarios de los locales y establecimientos que cuenten con Licencla Municipal de Funcionamiento, cuyos giros incluyan la venta, comercialización o consumo de bebidas alcohólicas.

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