Resolución de Alcaldía N.° 0324-04-2018-MPT
24 de abril de 2018
SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: REITERAR al contratista que, el consentimiento de ampliación de plazo N" 01 alegado mediante la Carta Nº 017-2018-CPS-T, es IMPROCEDENTE, por interrupción del cómputo del plazo de 15 días previsto en el Artículo 170º del Reglamento de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N" 350-2015, al haberse decidido mediante la Carta 24-02-2018-GM-MPT la resolución del Contrato N" 0020-02-2017-MPT. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE la designación del Inspector o Supervisor que representará a la Entidad en la ejecución de la Obra: "Mejoramiento del Servicio Educativo con infraestructura de protección solar en 25 instituciones educativas de los niveles de inicial, primaria y secundaria de la Provincia de Talara- Piura". ARTÍCULO TERCERO: RECHAZAR el apercibimiento del contratista, de procederse a la resolución del contrato. ARTÍCULO CUARTO.· NOTIFICAR con las formalidades de Ley, al CONSORCIO PROTECC!ON SOLAR TALARA, en su domicilio ubicado en R. Vizcarra G Calle Tarapacá 169 Doto. 008 - Barrio Particular - Talara .. ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Gerencia de Desarrollo Ter