Resolución de Alcaldía N.° 0267-03-2019-MPT

14 de marzo de 2019

SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.-DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por el CONSORCIO TALARA, (conformado por BIENES Y SERVICIOS SANTA MARÍA E.I.R.L. con RUC Nº 20530135030, e INVERSIONES PERUANAS S.R.L. con RUC Nº 20445586618), contra el otorgamiento de la buena pro otorgada en el procedimiento ADQUISICIÓN DE CONSERVA DE PESCADO EN ACEITE VEGETAL PARA EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA, en el marco del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 042- 2018-MPT-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO; debiendo considerarse INFUNDADO en el extremo de dejar sin efecto el otorgamiento de la buena pro al postor SUMAQ FISH S.A.C. retrotraer el proceso a la etapa de admisión, evaluación y calificación de ofertas, y otorgar la buena pro al CONSORCIO TALARA; y, FUNDADO en el extremo de otorgar el puntaje concordante con la oferta presentada por el CONSORCIO TALARA por el factor de evaluación plazo de entrega. ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER la devolución del integro de la garantía por interposición de recurso al CONSORCIO TALARA, de conformidad con el numeral 1 del artículo 110º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. ARTICULO TERCERO.- REMIT

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