Resolución Sub Gerencial N.° 255-09-2020-SGTV-MPT
29 de octubre de 2021
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00012809 d/f 03-09-2021, presentado por la Srta. SARA LYSBETH REYES ZAPATA - Gerente General de la EMPRESA "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA SAC"
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTES DE AGREGADOS, en vehículos de las Categorías N3 de la clasificación Vehicular, con las unidades que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA CAPACIDAD
01 "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA" SAC M3R -716 26.00 m3
02 "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA" SAC M3Q - 759 26.00 m3
TERCERO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es por un año teniendo como notificado el acto administrativo y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Item 58 numeral 58.1, Ordenanza Municipal N" 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S N" 017-2009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional; debiendo identificar a cada unidad con el logo del servicio gue presta AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS.
CUARTO: COMUNICAR, a Doña SARA LYSBETH REYES ZAPATA - Gerente General EMPRESA "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA" SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los
servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01
QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
SEXTO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
SÉPTIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso N° 00012809 d/f 03-09-2021, presentado por la Srta. SARA LYSBETH REYES ZAPATA - Gerente General de la EMPRESA "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA SAC"
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTES DE AGREGADOS, en vehículos de las Categorías N3 de la clasificación Vehicular, con las unidades que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA CAPACIDAD
01 "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA" SAC M3R -716 26.00 m3
02 "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA" SAC M3Q - 759 26.00 m3
TERCERO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es por un año teniendo como notificado el acto administrativo y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Item 58 numeral 58.1, Ordenanza Municipal N" 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S N" 017-2009-MTC y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional; debiendo identificar a cada unidad con el logo del servicio gue presta AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE AGREGADOS.
CUARTO: COMUNICAR, a Doña SARA LYSBETH REYES ZAPATA - Gerente General EMPRESA "INVERSIONES Y SERVICIOS BERACA" SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los
servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01
QUINTO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
SEXTO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara
SÉPTIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y DESE CUENTA