Resolución Sub Gerencial N.° 245-09-2021-SGTV-MPT
29 de octubre de 2021
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00012750 d/f 03-09-2021, presentado por el sr. LUIS ENRIQUE HIDALGO OTERO.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN DE permiso DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS (CARGA y DESCARGA), de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 Hidalgo Otero, Luis Enrique S1P - 860 2013 N2 BARANDA
02 Hidalgo Otero, Luis Enrique W4U -733 2013 N2 BARANDA
TERCERO.- DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SERA DESDE las 6.00AM hasta las 21.00 Horas. (6:00am hasta las 9:00pm.).
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las Unidades Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS (CARGA y DESCARGA).
QUINTO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es hasta el 22-09-22. debiendo identificar la unidad con el logo del servicio que presta, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal N° 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC que regula el TRANSPORTE CARGA Y DESCARGA (mercancías) y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO: COMUNICAR, a Don LUIS ENRIQUE HIDALGO OTERO, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 02582020-MTC/01.
SÉPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDÉCIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo solicitado en el Expediente de Proceso 00012750 d/f 03-09-2021, presentado por el sr. LUIS ENRIQUE HIDALGO OTERO.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACiÓN DE permiso DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS (CARGA y DESCARGA), de la clasificación vehicular, con la flota vehicular que a continuación se detalla:
ITEM PROPIETARIO PLACA AÑO CATEGORIA
01 Hidalgo Otero, Luis Enrique S1P - 860 2013 N2 BARANDA
02 Hidalgo Otero, Luis Enrique W4U -733 2013 N2 BARANDA
TERCERO.- DISPONER, que el HORARIO para la PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SERA DESDE las 6.00AM hasta las 21.00 Horas. (6:00am hasta las 9:00pm.).
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las Unidades Vehiculares mencionada en el Segundo Punto, a fin de que sean entregados al otorgársele la AUTORIZACiÓN ESPECIAL PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS (CARGA y DESCARGA).
QUINTO: DISPONER, que la vigencia de la presente Autorización es hasta el 22-09-22. debiendo identificar la unidad con el logo del servicio que presta, y su otorgamiento está condicionado a lo establecido en el Numeral 57 Ordenanza Municipal N° 11-06-2018-MPT que aprueban el TUPA actual de la Municipalidad Provincial de Talara en concordancia con la implementación del D.S. N° 017-2009-MTC que regula el TRANSPORTE CARGA Y DESCARGA (mercancías) y deberá darse fiel cumplimiento en las disposiciones que determine la normativa Municipal jurisdiccional como nacional.
SEXTO: COMUNICAR, a Don LUIS ENRIQUE HIDALGO OTERO, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial N° 02582020-MTC/01.
SÉPTIMO: DISPONER, que el Administrado autorizado, cumplirá responsablemente con el Servicio solicitado, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio de Transporte de Mercancías, que emanen de la Autoridad Municipal, debiendo evitar en todo momento el congestionamiento vehicular, lo cual será fiscalizado por los Inspectores Municipales de Transporte, para el fiel cumplimiento.
OCTAVO: ESTABLECER, que la presente autorización está sujeta a Modificación, Anulación, Cancelación; o Suspensión cuando la Empresa y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Transito Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
NOVENO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.
DÉCIMO: NOTIFICAR, al solicitante a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
UNDÉCIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Subgerencia de Tránsito y Vialidad, Inspectores de Transito y Policía Nacional del Perú.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y DESE CUENTA