Resolución Sub Gerencial N.° 025891-2016-SGTV-MPT
18 de octubre de 2021
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 025891 de fecha 23-04-2016 aplicada al Infractor Sr. ALBURQUEQUE RAMIREZ-BRYAM ESMITH de conformidad a la normativa legal vigente.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor ALBURQUEQUE RAMIREZ-BRYAM ESMITH, identificado con DNI: 73175306, con el pago del 12.00% de una UIT, como sanción pecuniaria por la comisión de la infracción tipificada con el CÓDIGO M.17 DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO.
TERCERO: SANCIONAR al conductor infractor con el registro de 50 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de
Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: VENCIDO. el plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, la presente Resolución
quedará firme y consentida, derivando Secretaria de Tránsito y Vialidad a la Oficina de Administración
Tributaria el expediente original y antecedentes, para la cobranza de la infracción comprendida en la
presente resolución contenida en la Papeleta de Infracción al Transito N° 025891 d/f 23-04-2016, se
proceda a ingresar la presente sanción al Registro Nacional de Sanciones, se dé cumplimiento a los
procedimientos a que hubiere lugar.
QUINTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente
resolución en el Portal Web.
SEXTO: NOTIFICAR, al administrado infractor a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA
PRIMERO: TENER POR NO PRESENTADO el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito N° 025891 de fecha 23-04-2016 aplicada al Infractor Sr. ALBURQUEQUE RAMIREZ-BRYAM ESMITH de conformidad a la normativa legal vigente.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor ALBURQUEQUE RAMIREZ-BRYAM ESMITH, identificado con DNI: 73175306, con el pago del 12.00% de una UIT, como sanción pecuniaria por la comisión de la infracción tipificada con el CÓDIGO M.17 DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO.
TERCERO: SANCIONAR al conductor infractor con el registro de 50 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de
Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: VENCIDO. el plazo de 15 días hábiles sin que se haya interpuesto recurso alguno, la presente Resolución
quedará firme y consentida, derivando Secretaria de Tránsito y Vialidad a la Oficina de Administración
Tributaria el expediente original y antecedentes, para la cobranza de la infracción comprendida en la
presente resolución contenida en la Papeleta de Infracción al Transito N° 025891 d/f 23-04-2016, se
proceda a ingresar la presente sanción al Registro Nacional de Sanciones, se dé cumplimiento a los
procedimientos a que hubiere lugar.
QUINTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente
resolución en el Portal Web.
SEXTO: NOTIFICAR, al administrado infractor a efectos de proceder de acuerdo a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y DESE CUENTA