Resolución Sub Gerencial N.° 147-08-2021-MPT

27 de agosto de 2021

SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad de Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 8673 impuesta el 16 de julio del 2019 al Señor VÍCTOR HENRY PEÑA GARAVITO, por ser extemporánea y no desvirtuar con pruebas fehacientes la Infracción tipificada en cuadro de infracciones al tránsito terrestre con código G.58.

SEGUNDO: DECLARAR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA del infractor VÍCTOR HENRY PEÑA GARAVITO, por cometer a infracción tipificada en cuadro de infracciones al tránsito terrestre con código de tránsito G.58, conforme consta en imputación de cargos contenida en Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 8673.

TERCERO: SANCIONAR al conductor infractor VÍCTOR HENRY PEÑA GARAVITO por la infracción del código de tránsito G.58, con la sanción pecuniaria de 8% de una UIT, y sanción no pecuniaria de 20 puntos en el Sistema Nacional d Sanciones

CUARTO: MANTENER la medida preventiva de retención del vehículo, hasta pagada la multa contenida en Código de Tránsito G.58, conforme al artículo 301 º del Decreto Supremo 016-2009-MT y modificatorias.

QUINTO: AUTORIZAR a la Sub Gerencia de Tránsito y Vialidad el cumplimiento de la presente Resolución.

SEXTO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Web.

SEPTIMO: NOTIFICAR la presente al solicitante y demás, a efectos de proceder conforme corresponda, y conforme a Ley, así como contabilizar el plazo de quince (15) días hábiles para la presentación de recurso administrativo conforme corresponda.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y DESE CUENTA
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