Resolución Sub Gerencial N.° 025495-2016-SGTV-MPT-2020

10 de agosto de 2021

PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 025495
aplicada al Infractor Sr. CHIROQUE Y AMUNAQUE-BIENVENIDO, identificado con DNI
46969957 de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente
resolución.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor CHIROQUE Y AMUNAQUE-BIENVENIDO por la
infracción de Código G.40, con la multa de 8.00% de una UIT vigente.
TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de
Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: REMOVER el vehículo de Placa de Rodaje Nº 3D7482, conforme a lo tipificado en el Código G.
40 del Reglamento Nacional de tránsito.
QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan
recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo
cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la
cobranza de la infracción en la PIT Nº 025495.
SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener
Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de
datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al
Tránsito N º 025495 d/f 04-04-2016, en el Registro Nacional de Sanciones.
SETIMO: ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración
Tributaria y Subgerencia de Tránsito y Vialidad.
OCTAVO: ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología de Información y Comunicaciones, la publicación de la
presente resolución en el Portal Web.
NOVENO: NOTIFICAR, al administrado infractor CHIROQUE Y AMUNAQUE-BIENVENIDO, con las
formalidades de Ley
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025495-2016-SGTV-MPT-2020

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