Resolución Sub Gerencial N.° 34757-2020-SGTV-MPT-2020
3 de agosto de 2021
SE RESUELVE:
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 034757 aplicada al Infractor Sr. CASTILLO URBINA-EDWIN ALBERTO, identificado con DNI 75495069 de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor CASTILLO URBINA-EDWIN ALBERTO por la infracción de Código G.58, con la multa de 8.00% de una UIT vigente.
TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: RETENER el vehículo de Placa de Rodaje Nº KM-9149, conforme a lo tipificado en el Código G.58 del Reglamento Nacional de tránsito.
QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 034757.
SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 034757 d/f 10-07-2020, en el Registro Nacional de Sanciones.
PRIMERO: TENER por no presentado el descargo de la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 034757 aplicada al Infractor Sr. CASTILLO URBINA-EDWIN ALBERTO, identificado con DNI 75495069 de conformidad a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO: SANCIONAR al administrado infractor CASTILLO URBINA-EDWIN ALBERTO por la infracción de Código G.58, con la multa de 8.00% de una UIT vigente.
TERCERO: SANCIONAR al Conductor Infractor con el registro de 20 puntos en el Sistema Nacional de Licencias de Conducir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
CUARTO: RETENER el vehículo de Placa de Rodaje Nº KM-9149, conforme a lo tipificado en el Código G.58 del Reglamento Nacional de tránsito.
QUINTO: VENCIDO, el plazo de 15 días de notificada la presente Resolución de Sanción, no presentan recurso impugnatorio alguno, adquirirá la calidad de Resolución Firme y Consentida, luego de lo cual se derive con sus respectivos antecedentes a la Oficina de Administración Tributaria para la cobranza de la infracción en la PIT Nº 034757.
SEXTO: DISPONER, que la Subgerencia de Tránsito y Vialidad a través de la Responsable de Mantener Actualizado el Registro Nacional de Sanciones (RNS), mediante las claves de acceso a la base de datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ingrese la Papeleta de Infracción al Tránsito Nº 034757 d/f 10-07-2020, en el Registro Nacional de Sanciones.