Ordenanza Municipal N.° 09-07-2021-MPT
27 de julio de 2021
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA: Encargar a la Oficina de Administración Tributaria, la ejecución de las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
SEGUNDA:En el caso de las personas naturales o jurídicas no comprendidas en la presente Ordenanza Municipal, como único beneficio se le otorgara el descuento del 100% de los intereses moratorios de las deudas pendientes de pago del año 2021 por el pago al contado; y, excepcionalmente el 8 % de descuento en los arbitrios municipales 2021 siempre y cuando se cancele la totalidad al contado hasta el 30 de Agosto del presente año, el cual podrá ser también por año completo o tributo completo (o saldo total pendiente).
TERCERA: En caso de las deudas pendientes de pago de multas administrativas impuestas a personas jurídicas hasta el 30 de Junio 2021, excepcionalmente gozarán de un beneficio del 40% de descuento del valor de la multa (solo sanción administrativa).
CUARTA: Autorizar al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas pertinentes para la mejor aplicación o prórroga de la vigencia de la presente Ordenanza.
QUINTA: Disponer que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación hasta el 31 de Agosto de 2021.
SEXTA: Disponer que la Gerencia Municipal, la Oficina de Administración Tributaria y la Oficina de Administración y Finanzas adopten y ejecuten las medidas necesarias para la implementación, cumplimiento y difusión de la presente ordenanza.
SEPTIMA: Encargar a la Secretaría General la difusión de la presente ordenanza y a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones su publicación en el portal web de la Entidad.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE