Resolución Sub Gerencial N.° 099-04-2021-SGTV-MPT
5 de julio de 2021
SE RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo requerido en el Expediente de Proceso 00000025 d/f 05- 01-2021, presentado por el Sr. VICTOR LUIS OLAYA ROA - Gerente de la Empresa de Transportes "ECOT AXI MANCORA SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN de SUSTITUCION DE FLOTA VEHICULAR, solicitada por Don: VICTOR LUIS OLAYA ROA - Gerente General de la Empresa de Transportes de Pasajeros ECOT AXI MANCORA SAC, quedando conformada la flota vehicular con 25 Unidades móviles, como se indican:
TERCERO: DAR DE BAJA Y DEJAR SIN EFECTO, los Cert1f1cados de Hab1lltac1ón Veh1cular, que le fueran otorgados a los vehículos de Placa: F1W-617, B4G-586 Y P1 M-452, que han dejado de formar parte de la Flota Vehicular de la Empresa de Transportes ECOTAXI MANCORA S.A.C.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, pendientes de tramitar, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
QUINTO: RATIFICAR, la VIGENCIA de la presente Autorización, que será en cumplimiento a lo dispuesto en el Punto 3º parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 040-03-2016- GSP-MPT, (10 años a partir del 04-03-2016 al 04-03-26).
SEXTO: COMUNICAR a Don Víctor Luis Olaya Roa, Gerente General de la Empresa de Transportes de Pasajeros ECOT AXI MANCORA SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
OCTAVO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.
PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE, lo requerido en el Expediente de Proceso 00000025 d/f 05- 01-2021, presentado por el Sr. VICTOR LUIS OLAYA ROA - Gerente de la Empresa de Transportes "ECOT AXI MANCORA SAC.
SEGUNDO: OTORGAR, AUTORIZACIÓN de SUSTITUCION DE FLOTA VEHICULAR, solicitada por Don: VICTOR LUIS OLAYA ROA - Gerente General de la Empresa de Transportes de Pasajeros ECOT AXI MANCORA SAC, quedando conformada la flota vehicular con 25 Unidades móviles, como se indican:
TERCERO: DAR DE BAJA Y DEJAR SIN EFECTO, los Cert1f1cados de Hab1lltac1ón Veh1cular, que le fueran otorgados a los vehículos de Placa: F1W-617, B4G-586 Y P1 M-452, que han dejado de formar parte de la Flota Vehicular de la Empresa de Transportes ECOTAXI MANCORA S.A.C.
CUARTO: DISPONER, la entrega de los Certificados de Habilitación Vehicular, para las unidades vehiculares mencionadas en el Segundo Punto, pendientes de tramitar, debiéndose adecuar a las Normas que regulen el Servicio, que emanen de la Autoridad Municipal.
QUINTO: RATIFICAR, la VIGENCIA de la presente Autorización, que será en cumplimiento a lo dispuesto en el Punto 3º parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 040-03-2016- GSP-MPT, (10 años a partir del 04-03-2016 al 04-03-26).
SEXTO: COMUNICAR a Don Víctor Luis Olaya Roa, Gerente General de la Empresa de Transportes de Pasajeros ECOT AXI MANCORA SAC, debe cumplir con lo indicado en el Anexo VI, de la Resolución Ministerial N° 0301-2020-MTC/01, de fecha 02 de junio del 2020, que modifica los Protocolos Sanitarios Sectoriales para la continuidad de los servicios bajo el ámbito del Sector Transportes y Comunicaciones, los cuales son de aplicación obligatoria para la prestación de los servicios, aprobados por el artículo 1 de la resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01.
SEPTIMO: ESTABLECER, que la presente Autorización está condicionado a la implementación de la normatividad legal vigente.
OCTAVO: ESTABLECER, que las condiciones de la presente autorización está sujeta a modificación, anulación, cancelación; o suspensión cuando el solicitante y/o sus conductores contravengan lo dispuesto en la normativa legal vigente previo los informes de la Subgerencia de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Provincial de Talara.