Resolución de Gerencia N.° 54-06-2021-GSP-MPT
22 de junio de 2021
SE RESUELVE:
PRIMERO: OTORGAR el arrendamiento directo del puesto Nº 30 de la sección pasamanería, ubicado en el interior del Mercado Acapulco al Sr. JULIO CÉSAR MARTÍNEZ ZAPATA.
SEGUNDO: INGRESAR en el padrón general de mercados, de la Municipalidad Provincial de Talara los datos referidos del Sr. JULIO CÉSAR MARTÍNEZ ZAPATA; así como en el Sistema de Gestión Tributario Municipal.
TERCERO: NOTIFICAR al Sr. Julio César Martínez Zapata en su domicilio cito en el A.H. Victorino Elorz B - 8 Su llana.
CUARTO: ESTABLECER que la presente autorización, queda sujeta a modificación, anulación, cancelación o suspensión, cuando el solicitante y/o conductor contravenga lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 17-8-2006-MPT. ·,
QUINTO: PROHIBIR la transferencia, contrato de Cesión de Posesión Contractual o Subarrendamiento del puesto de venta, sin el consentimiento de la entidad municipal quien es propietaria del inmueble Nº 30 de la sección pasamanería en el interior del Mercado Acapulco.
SEXTO: ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimiento, Comercialización y Defensa del Consumidor, Subgerencia de Fiscalización y Policía Municipal y Oficina de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Resolución.
PRIMERO: OTORGAR el arrendamiento directo del puesto Nº 30 de la sección pasamanería, ubicado en el interior del Mercado Acapulco al Sr. JULIO CÉSAR MARTÍNEZ ZAPATA.
SEGUNDO: INGRESAR en el padrón general de mercados, de la Municipalidad Provincial de Talara los datos referidos del Sr. JULIO CÉSAR MARTÍNEZ ZAPATA; así como en el Sistema de Gestión Tributario Municipal.
TERCERO: NOTIFICAR al Sr. Julio César Martínez Zapata en su domicilio cito en el A.H. Victorino Elorz B - 8 Su llana.
CUARTO: ESTABLECER que la presente autorización, queda sujeta a modificación, anulación, cancelación o suspensión, cuando el solicitante y/o conductor contravenga lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 17-8-2006-MPT. ·,
QUINTO: PROHIBIR la transferencia, contrato de Cesión de Posesión Contractual o Subarrendamiento del puesto de venta, sin el consentimiento de la entidad municipal quien es propietaria del inmueble Nº 30 de la sección pasamanería en el interior del Mercado Acapulco.
SEXTO: ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimiento, Comercialización y Defensa del Consumidor, Subgerencia de Fiscalización y Policía Municipal y Oficina de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Resolución.