Resolución de Alcaldía N.° 000018-2026-ALC

22 de enero de 2026

DELEGAR al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Tahuanía ECON. ELISEO GEDALIAS GARCIA QUISPE; las siguientes facultades administrativas:

  1. Aprobar la creación de organizaciones o asociaciones municipales, bajo cualquier modalidad legal permitida por Ley.
  2. Aprobar o disponer la reconstrucción de los expedientes administrativos y declarar su reconstrucción o su imposibilidad.
  3. Suscribir contratos de locación de servicios.
  4. Suscribir contratos de personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo 1057, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2010-PCM y sus modificatorias. Suscribir contratos de personal bajo los alcances de los regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 276 y 728, debidamente sustentado y dispuesto por mandato judicial o el ente rector.
  5. Suscribir contratos de arrendamiento, alquiler y demás respecto a los bienes inmuebles de la municipalidad.
  6. Suscribir contratos de arrendamiento de bienes en los que la Municipalidad tiene la calidad de arrendatario.
  7. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control interno.
  8. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los Informes de auditoría interna.
  9. Firmar y/o suscribir documentos públicos y/o privados, requeridos en el trámite de saneamiento físico legal de inmuebles de propiedad estatal, absolución de observaciones e inscripción registral en representación de la municipalidad.
  10. Designación de la Comisión de inventario Físico de Bienes Patrimoniales de la municipalidad.
  11. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus modificatorias, así como evaluar y supervisar su ejecución.
  12. Designar a los representantes de la municipalidad distrital de Tahuanía ante comités, comisiones, mesa de trabajo y afines para formular y recomendar las acciones más apropiadas, para el desarrollo de la gestión municipal.
  13. Representar a la municipalidad distrital de Tahuanía ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativos, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra defectos de tramitación, solicitar la rectificación de errores entre otras pretensiones administrativas con excepción de aquellas que por ley le corresponde al procurador público municipal.
  14. Las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponda al alcalde, en su calidad de Titular del pliego y las acciones administrativas de gestión y de resolución en materia presupuestaria, que no sean privativas a la función del alcalde.
  15. Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, previo informe técnico favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización.
  16. Aprobar las directivas de racionalización y de austeridad del gasto público en la municipalidad distrital de Tahuanía, para un manejo adecuado de los recursos asignados por cualquier fuente de financiamiento.
  17. Expedir resoluciones administrativas en última instancia administrativa, respectos a los asuntos de competencia del despacho de alcaldía de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la municipalidad distrital de Tahuanía.
  18. Participar en remates públicos y suscribir los documentos necesarios, en caso se adjudiquen el bien a favor de la municipalidad.
  19. Suscribir en representación de la municipalidad distrital de Tahuanía contratos y/o minutas ante Notario Público, para formalizar la transferencia a título oneroso o gratuito de bienes muebles o inmuebles, a favor de la municipalidad o a favor de terceros, así como para formalizar todo acto de disposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
  20. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes, servicios y obras, y las reducciones de prestaciones adicionales de bienes, servicios y obras, hasta por el máximo permitido por la normativa aplicable.
  21. Suscribir los convenios interinstitucionales, de diferente índole, con otras municipalidades, instituciones públicas y privadas, la cooperación internacional y representación diplomática establecida en nuestro país.
  22. Aprobar la reconstrucción de los expedientes administrativos.
  23. Aprobar los expedientes de contratación vinculados a los procedimientos de selección, las contrataciones directas y los catálogos electrónicos de Acuerdos Marco.
  24. Aprobar las Contrataciones Directas en los supuestos previstos en los literales d), f), h), i), k) y l) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
  25. Declarar la cancelación de los procedimientos de selección.
  26. Designar y/o remover a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, y de ser necesario modificar su composición.
  27. Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda.
  28. Autorizar los procesos de estandarización de bienes.
  29. Aprobar las bases de los procedimientos de selección, así como de las contrataciones directas.
  30. Aprobar la oferta económica que supera el valor estimado o el valor referencial de la convocatoria, según corresponda previa certificación de crédito presupuestario; así como, autorizar el rechazo de toda oferta por debajo del valor referencial.
  31. Suscribir, modificar y resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección, de las contrataciones directas, así como también de las contrataciones complementarias. Asimismo, suscribir las adendas, cuando corresponda.
  32. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de los contratos derivados de procedimientos de selección de bienes y servicios.
  33. Aprobar aquellas modificaciones del contrato, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, impliquen o no variación del precio.
  34. Aprobar la subcontratación de prestaciones no esenciales del contrato, siempre que no exista prohibición expresa en los documentos del procedimiento de selección respectivo.
  35. Aprobar la cesión de posesión contractual.
  36. Designar el comité de recepción de obra; aprobar la suspensión de plazo de ejecución de obra; el pago de mayores costos directos y mayores gastos generales variables. Así como, autorizar el cambio de personal ofertado, cuando corresponda.
  37. Emitir pronunciamiento sobre las observaciones y subsanaciones, presentadas por el Comité de Recepción o el contratista, sobre recepción de obras, en caso de discrepancias.
  38. Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de la ejecución del contrato de obra, de supervisión y de consultoría de obra que se presenten a la entidad.
  39. Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje y representar a la Entidad en estos medios de solución de controversias durante la ejecución contractual, sin perjuicio de las atribuciones del Procurador Público a cargo de la defensa de los intereses de la municipalidad distrital de Tahuanía.
  40. Representar a la municipalidad distrital de Tahuanía ante el Organismo Especializado para las Constataciones Publicas Eficientes- OECE, el Tribunal del Estado, la Central de Compras Públicas Perú Compras, y la Contraloría General de la República, en el trámite de todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y demás actos vinculados a las contrataciones de bienes, servicios y obras derivados de procedimientos de selección, contrataciones directas, contratos complementarios y catálogos electrónicos de Acuerdos Marco, como también gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades en materia de contrataciones del estado.
  41. Aprobar las modificaciones del Cuadro Multianual de Necesidades 2026, presentadas por las áreas usuarias de la municipalidad, con la finalidad de realizar la inclusión y/o exclusión de sus necesidades para servicios, obras y bienes.
  42. Ejercer la representación de la municipalidad distrital de Tahuanía ante las entidades financieras, para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los contratistas.
  43. Aprobar el reconocimiento de devengados u otras obligaciones contraídas por la municipalidad distrital de Tahuanía, provenientes de ejercicios anteriores, autorizando el compromiso del gasto para dicho año fiscal, conforme a las normas presupuestarias y directivas de gastos vigentes.
  44. Aprobar la rotación del personal, previa coordinación con las áreas involucradas.
  45. Aprobar el reconocimiento del tiempo de servicios con estricta sujeción a las normas legales vigentes.
  46. Aprobar la liquidación por compensación de tiempo de servicios de empleados y obreros, además de los beneficios que determine la Ley.
  47. Aprobar la liquidación por compensación vacacional y vacaciones truncas de todos los servidores de la municipalidad distrital de Tahuanía, incluyendo a funcionarios, directivos y personal permanente.
  48. Aprobar la procedencia de los subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio al personal de la municipalidad distrital de Tahuanía que corresponda.
  49. Aprobar el Rol de vacaciones y sus modificatorias de todos los servidores de la municipalidad distrital de Tahuanía, incluyendo funcionarios, directivos y personal permanente.
  50. Suscribir los Convenios de Prácticas Pre-Profesionales y Profesionales, al amparo del Decreto Legislativo N° 1041 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2019-PCM.
  51. Disponer las acciones de desplazamiento de personal.
  52. Suscribir las actas de incorporación, reincorporación u otras afines que se deban emitir, en cumplimiento de las sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, previa coordinación con la Procuraduría Pública Municipal, conforme a la disponibilidad presupuestaria y financiera de la entidad.
  53. Elaborar, presentar y refrendar las comunicaciones oficiales referidas al personal, así como representar a la municipalidad distrital de Tahuanía, ante el Ministerio de Trabajo, Essalud, AFP y Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-SUNAFIL, y otras entidades a efectos de realizar manifestaciones y/o declaraciones, exhibir y/o presentar documentos, entre otras funciones, de acuerdo con su competencia.
  54. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de los contratos derivados de procedimientos de selección de obras.
  55. Autorizar el pago en los contratos de obra a precios unitarios cuando se requiera ejecutar mayores metrados, teniendo en cuenta las consideraciones reguladas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
  56. Aprobar los expedientes técnicos de obra o documentos equivalentes, para la ejecución de inversiones programadas por la Municipalidad distrital de Tahuanía.
Vista preliminar de documento RESOLUCION DE ALCALDIA-000018-2026-ALC

RESOLUCION DE ALCALDIA-000018-2026-ALC

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