Ordenanza Municipal N.° 010-2020-MDT-C

PROHÍBE LA PESCA CON DINAMITA, PÓLVORA, BARBASCO, CARBURO, CAL, AZUFRE

3 de diciembre de 2020

ORDENANZA QUE PROHÍBE LA PESCA CON DINAMITA, PÓLVORA, BARBASCO, CARBURO, CAL, AZUFRE, Y OTRA SUSTANCIAS CONTAMINANTES
ARTÍCULO PRIMERO.- Prohibir la pesca con métodos ilícitos, como el uso de explosivos, dinamita, materiales tóxicos, pólvora, barbasco, carburo, cal, azufre y sales químicas, en los ríos de la jurisdicción del distrito de Tacabamba y Conchan: Río Conchano, Rio Lascan y Rio Tuspón, canales de regadío y 
quebradas; sustancias contaminantes y otros elementos cuya naturaleza ponga en peligro la vida humana o los propios recursos hidrobiológicos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La infracción del artículo anterior acarreará para quien incurra en ella, las siguientes sanciones
1) Amonestación.
2) Multa de hasta una UIT vigente 4300 soles.
3) Decomiso de especies, instrumentos y equipos utilizando en dicha actividad.

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