Ordenanza Municipal N.° 002-2020-MDT

PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS

12 de febrero de 2020

ORDENANZA QUE REGULA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN EL DISTRITO DE TACABAMBA.
Artículo 1°.-La presente Ordenanza tiene por objetivo prevenir y controlar los ruidos, sonidos y vibraciones  molestos producidos en la vía pública, calles, plazas y paseos públicos; en el espacio aéreo, en las salas de espectáculos, eventos de reuniones, casas o locales de diversión y comercio de todo género; iglesias y
casas religiosas; y en todos los inmuebles y lugares en que se desarrollen actividades públicas o privadas, así como en las casas - habitación, individuales y/o colectivas.
En general queda prohibido todo ruido o sonido que, por su duración e intensidad, ocasione molestias y perturbe la tranquilidad del vecindario, sea de día o de noche, cualquiera sea su origen de emisión; así como los ruidos nocivos que pudieran causar problemas de salud. De preferencia, toda evaluación y monitoreó 
del ruido molesto o nocivo, será ejecutado instrumentalmente con un Decibeiímetro en ambientes exteriores y con un Sonómetro para interiores, los mismos que estarán debidamente calibrados por el Instituto Nacional de Calidad INACAL, a objeto de evitar apreciaciones subjetivas o emocionales; de ser necesario, la 
Municipalidad podrá solicitar eI estudio y calificación de intensidad de ruido, a la Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA, en su condición de organismo autorizado para realizar programas de vigilancia de la contaminación sonora.

Documentos

Vista preliminar de documento ord.2-2020-mdt-ruidos-molestos-web.pdf

ord.2-2020-mdt-ruidos-molestos-web.pdf

PDF
3.3 MB