Ordenanza Municipal N.° 002-2020-MDT

PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS

12 de febrero de 2020

ORDENANZA QUE REGULA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOSMOLESTOS EN EL DISTRITO DE TACABAMBA.
Artículo 1°.-La presente Ordenanza tiene por objetivo prevenir y controlar los ruidos, sonidos y vibracionesmolestos producidos en la vía pública, calles, plazas y paseos públicos; en el espacio aéreo, en las salas deespectáculos, eventos de reuniones, casas o locales de diversión y comercio de todo género; iglesias y
casas religiosas; y en todos los inmuebles y lugares en que se desarrollen actividades públicas o privadas, así como en las casas - habitación, individuales y/o colectivas.
En general queda prohibido todo ruido o sonido que, por su duración e intensidad, ocasione molestias yperturbe la tranquilidad del vecindario, sea de día o de noche, cualquiera sea su origen de emisión; así comolos ruidos nocivos que pudieran causar problemas de salud. De preferencia, toda evaluación y monitoreó
del ruido molesto o nocivo, será ejecutado instrumentalmente con un Decibeiímetro en ambientes exterioresy con un Sonómetro para interiores, los mismos que estarán debidamente calibrados por el Instituto Nacionalde Calidad INACAL, a objeto de evitar apreciaciones subjetivas o emocionales; de ser necesario, la
Municipalidad podrá solicitar eI estudio y calificación de intensidad de ruido, a la Dirección General de SaludAmbiental - DIGESA, en su condición de organismo autorizado para realizar programas de vigilancia dela contaminación sonora.
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