Resolución Sub Gerencial N.° D004102-2025-SCA-GDE-MDS
RESOLUCION SUBGERENCIAL N° D004102-2025-SCA-GDE-MDS
3 de diciembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada mediante Expediente N° 38511-2025, por VICTOR ADRIÁN QUEVEDO VEGA, identificado con DNI N° 05205555, en representación de la feria “MIS REGIONES”, cuyos integrantes se encuentran detallados en el Folio 12, el mismo que forma parte de la presente resolución, en consecuencia, autorícese la feria a realizarse a realizarse en los Parques “Guardia Civil”, Parque “Héroes de la Paz”, y Calle Víctor Alzamora cruce con Av. Bernales - Surquillo, los días: 07, 13 y 14; 20 y 21; y 28 del mes de diciembre del 2025, en el horario de 08:00 A.M. – 15:00 P.M horas, quedando de la siguiente manera:
- Calle Víctor Alzamora cruce Av. Sergio Bernales 07 de diciembre (barrio medico).
- Parque “Guardia Civil” 13-14 de diciembre
- Parque “Héroes de la Paz” 20-21 de diciembre.
- Calle Víctor Alzamora cruce Av. Sergio Bernales 28 de diciembre (barrio medico).
El administrado y los integrantes señalados en el Folio N° 12 del documento presentado, estableciendo en la presente resolución, serán los únicos responsables de la conducción y de cualquier contingencia que pudiera ocurrir en la actividad que desarrollará y de las siguientes disposiciones:
1. Cumplir con los horarios establecidos.
2. Cuidar el ornato y la limpieza en el lugar de la actividad económica.
3. Cuidar las áreas verdes de acuerdo a la Ordenanza N° 535-MDS.
4. No deberá hacer uso de los servicios eléctricos públicos.
5. Cumplir los límites máximos permisibles de ruido, conforme a la Ordenanza N° 333 MDS.
6. Comunicar a la Subgerencia de Comercialización y Autorizaciones cualquier modificación en la realización de la actividad.
7. Prohibido la venta y consumo de alcohol.
- Calle Víctor Alzamora cruce Av. Sergio Bernales 07 de diciembre (barrio medico).
- Parque “Guardia Civil” 13-14 de diciembre
- Parque “Héroes de la Paz” 20-21 de diciembre.
- Calle Víctor Alzamora cruce Av. Sergio Bernales 28 de diciembre (barrio medico).
El administrado y los integrantes señalados en el Folio N° 12 del documento presentado, estableciendo en la presente resolución, serán los únicos responsables de la conducción y de cualquier contingencia que pudiera ocurrir en la actividad que desarrollará y de las siguientes disposiciones:
1. Cumplir con los horarios establecidos.
2. Cuidar el ornato y la limpieza en el lugar de la actividad económica.
3. Cuidar las áreas verdes de acuerdo a la Ordenanza N° 535-MDS.
4. No deberá hacer uso de los servicios eléctricos públicos.
5. Cumplir los límites máximos permisibles de ruido, conforme a la Ordenanza N° 333 MDS.
6. Comunicar a la Subgerencia de Comercialización y Autorizaciones cualquier modificación en la realización de la actividad.
7. Prohibido la venta y consumo de alcohol.
